Introducción
Quien alguna vez, no ha tenido problemas con la aprobación de un crédito bancario, o con la asignación de un seguro, o con la repactación de una deuda por un crédito de consumo y/o hipotecario. Cuántas veces, estos problemas derivan de la responsabilidad de estas entidades bancarias y/o financieras. Y cuántas de ellas hemos sido incluso, víctimas de estafa u otro tipo de fraude.
Estas preguntas y otras, pueden tener solución, no sólo por el camino de tribunales de justicia, sino también por la vía extrajudicial. Al respecto, con la entrada en vigencia de la leyes N° 21.000 y 21.130, y con el fin de modernizar la legislación bancaria, así de promover mejores y más expeditas soluciones a los clientes de estas, se crea la Comisión para el Mercado Financiero (desde ahora CMF) que nace de la fusión, entre la Superintendencia de Bancos con la de Valores y Seguros.
Definición de comisión para el mercado financiero
Es un organismo que tiene entre sus objetivos principales velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública, además de velar porque las personas o entidades fiscalizadas, desde su iniciación hasta el término de su liquidación, cumplan con las leyes, reglamentos, estatutos y otras disposiciones que las rijan.
Funciones y objetivos
- La fiscalización de todas las actividades y entidades que participan en los mercados de valores y de seguros de Chile.
- Facilitar la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública.
- Velar que las entidades y personas fiscalizadas cumplan las leyes, estatutos, reglamentos y otras disposiciones.
- Aplicar sanciones frente al incumplimiento o violación del marco regulador como consecuencia de una investigación.
Procedimiento de reclamos ante la CMF
Cualquier persona sea natural o jurídica, puede efectuar un reclamo y solicitar respuesta sobre aspectos del mercado de sus productos financieros. Está (el reclamo, duda, queja, denuncia) se tramitará conforme a sus facultades legales y su tiempo de respuesta va depender principalmente de la complejidad de la materia planteada, las diligencias que deban realizarse, la recopilación de antecedentes entre otros. En cuanto, a su forma deberá presentarse por escrito (ya sea mediante el formulario que aparece en la página web de la CMF o mediante una minuta particular), la que se puede presentar de forma personal o enviada por correo físico a las oficinas de partes de la CMF.
Respecto del contenido de la minuta, debe señalar: Nombre, apellidos, número de cédula de identidad y domicilio del interesado (adjuntar fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad del titular). Si se actúa en representación de un tercero, debe adjuntarse el documento notarial que certifica la entrega de poder. Si se actúa en representación de una persona jurídica, se debe acompañar la copia de la escritura pública vigente que la otorgue; identificación de la entidad contra la cual se reclama y oficinas, sucursales y funcionarios involucrados en la operación o acción cuestionada; hechos y razones en las que se apoya la solicitud. Señalar específicamente los puntos o temas que no han sido resueltos en el contacto previo de reclamación ante la entidad y por lo que se pide la intervención de esta institución; Respaldo documental de los pasos previos seguidos ante la propia entidad reclamada; fecha y firma de la persona que realiza la presentación.
Finalmente, en relación al proceso de las presentaciones: si la CMF, lo considera necesario solicitará al banco involucrado (por reclamo, denuncia) que entregue los antecedentes del caso y explicar su posición frente a lo planteado por el reclamante. Posteriormente, la comisión en comento, verifica la eventual existencia de incumplimientos a la ley o las normas, que los cálculos sean correctos y las imputaciones correspondan a lo pactado, así como se dé respuesta suficiente, a cada de las ítem cuestionados. Evacuado la respuesta de la reclamada, la CMF la remite al reclamante, la cual se recoge de los antecedentes relevantes aportados por la entidad, a través de su máxima autoridad (gerente general o representante legal). Y después de lo dicho, la CMF revisa toda la información recopilada y complementada por los analistas de la comisión, antes de responder el escrito al interesado/reclamante (o sea, la resolución de la CMF).