La reciente presentación de un proyecto de ley que propone una reforma profunda al sistema de nombramientos en el Poder Judicial chileno es, sin duda, uno de los movimientos más ambiciosos en las últimas tres décadas. Este proyecto, que pone el foco en los principios de mérito, transparencia y probidad, plantea una reestructuración integral de cómo se designan jueces y ministros, introduciendo nuevos mecanismos y órganos de control, con la esperanza de modernizar el sistema judicial. No obstante, a pesar de las buenas intenciones expresadas, esta reforma también presenta desafíos y riesgos que deben ser cuidadosamente considerados.
1. Creación del Consejo de Nombramientos de Jueces: ¿Meritocracia o Burocracia?
Una de las propuestas más destacadas de esta reforma es la creación del Consejo de Nombramientos de Jueces, cuyo objetivo será realizar una selección de candidatos basada en concursos competitivos y méritos objetivos. A primera vista, el establecimiento de un organismo independiente para evaluar a los aspirantes parece adecuado para reducir los riesgos de favoritismo y clientelismo. Sin embargo, los criterios para determinar el “mérito” pueden ser problemáticos, especialmente en contextos donde estos concursos podrían acabar privilegiando habilidades y experiencias específicas que no necesariamente reflejan una competencia jurídica de excelencia.
Además, la composición del Consejo, con mayoría de integrantes del Poder Judicial seleccionados por sorteo, despierta inquietudes. Si bien la metodología busca evitar la influencia de grupos de poder, no garantiza que los miembros seleccionados cuenten con las competencias necesarias para ejercer una selección verdaderamente objetiva. En lugar de reducir los riesgos de politización, esta estructura podría incluso generar una burocratización excesiva, ralentizando el proceso de nombramientos y fomentando una cultura de cumplimiento superficial más que de verdadera excelencia judicial.
2. Separación de Funciones Administrativas y Jurisdiccionales en la Corte Suprema: Una Autonomía Fragmentada
El proyecto también propone transferir las funciones administrativas de la Corte Suprema a un organismo autónomo sujeto a la Contraloría General de la República. Esta decisión, aunque parece permitir a los jueces concentrarse exclusivamente en su rol jurisdiccional, plantea el riesgo de crear un “doble comando” en el sistema judicial. La separación de funciones podría fragmentar la autonomía del Poder Judicial, con el riesgo de que las decisiones administrativas -independientemente de las buenas intenciones- se aparten de las necesidades prácticas de los tribunales y se vean afectadas por criterios financieros o administrativos ajenos a los objetivos judiciales.
Además, esta división plantea dudas sobre la coherencia de las políticas internas del Poder Judicial. La falta de una supervisión unificada podría dificultar la implementación de reformas operativas y administrativas integrales, generando en su lugar una burocracia adicional sin una supervisión adecuada. El sistema judicial podría entonces verse en una constante tensión entre la eficiencia administrativa y la autonomía judicial, perjudicando la efectividad de las funciones jurisdiccionales.
3. Fortalecimiento de la Fiscalía Judicial y Eliminación de Abogados Integrantes: Cambios en la Fiscalización y Responsabilidad
El proyecto otorga a la Fiscalía Judicial amplias competencias para investigar conflictos de interés y evaluar la responsabilidad disciplinaria en el sistema judicial, limitando además su participación en funciones jurisdiccionales. Sin embargo, este rediseño puede tener efectos no deseados. En primer lugar, al excluir a los fiscales judiciales de funciones jurisdiccionales, se les aparta del proceso de aplicación directa de la ley, lo cual puede aislarlos de la práctica real del derecho y reducir su perspectiva sobre los conflictos judiciales que supervisan.
Por otro lado, la eliminación de los abogados integrantes -una medida diseñada para preservar la independencia de los tribunales- supone un cambio significativo en el sistema de administración de justicia. Aunque busca evitar conflictos de interés, prescindir de estos abogados podría debilitar la pluralidad de perspectivas jurídicas en los fallos judiciales y, por lo tanto, limitar el enriquecimiento que genera la diversidad profesional dentro de los tribunales.
4. Control Ético a través de Colegios Profesionales: Una Delegación Compleja
Otro aspecto de la reforma es el restablecimiento del control ético de la profesión en los colegios profesionales, dándoles legitimidad para presentar demandas disciplinarias contra profesionales que incumplan los estándares éticos. Si bien la intención es fortalecer la ética profesional, esta delegación de funciones a los colegios genera dudas sobre su alcance y eficacia. En un contexto de diversidad ideológica y funcional entre los distintos colegios profesionales, la implementación de sanciones podría caer en subjetividades y en conflictos de interpretación. Además, la falta de una supervisión unificada de los estándares éticos a nivel nacional podría dar lugar a decisiones desiguales y contradictorias entre las distintas jurisdicciones.
Reflexión Final
El proyecto de reforma del sistema de nombramientos judiciales chileno se presenta como una apuesta por modernizar el Poder Judicial, guiado por principios de transparencia, probidad y mérito. No obstante, a pesar de la nobleza de estos principios, existen riesgos estructurales que podrían transformar esta reforma en un cambio superficial, sin un impacto sustancial en la independencia y eficiencia del sistema judicial. La creación de nuevos órganos y la asignación de funciones adicionales pueden ser percibidos como soluciones innovadoras, pero deben ser implementados con cautela para evitar una burocratización excesiva y la fragmentación de la autonomía judicial.
En fin, aunque el objetivo de mejorar el sistema de nombramientos judiciales es loable, el éxito de esta reforma dependerá de la capacidad de sus legisladores y operadores para adaptar sus principios a la realidad de la justicia chilena, sin perder de vista que la eficiencia y la independencia judicial requieren de una coordinación coherente y no solo de la creación de organismos separados y normativas aisladas. Solo el tiempo y la práctica demostrarán si esta reforma logra su propósito de fortalecer la justicia o si, por el contrario, introduce nuevos desafíos para el Poder Judicial en Chile.