Ley de delitos económicos

El 17 de agosto de 2023 marcó la entrada en vigencia de la Ley N°21.595 de Delitos Económicos, publicada en el Diario Oficial, estableciendo un marco jurídico que aborda con rigurosidad los delitos económicos y los atentados contra el medio ambiente. Este hito legislativo, tras cuatro años de debates en el Congreso, refleja la respuesta del Estado ante la necesidad de modernizar y fortalecer la prevención de delitos económicos.

La legislación presenta un enfoque diferenciado al determinar penas para los denominados “delitos de cuello y corbata”, buscando evitar la sensación de impunidad frente a conductas que impactan social, económica y medioambientalmente. La responsabilidad penal de las personas jurídicas se amplía, siendo esencial la implementación de Modelos de Prevención de Delitos para empresas de mediano y gran tamaño.

Contenido y requisitos

La Ley abarca la determinación de un catálogo de delitos económicos, estableciendo penas específicas y atendiendo a criterios como la implementación de Modelos de Prevención de Delitos. Su aplicación se limita a medianas y grandes empresas, excluyendo a las micro y pequeñas. La responsabilidad recae en personas naturales ocupando roles jerárquicos o terceros intermediarios, y se acentúa en ausencia de Modelos de Prevención de Delitos.

Categorías y atenuantes

Los delitos económicos se clasifican en cuatro categorías, con penas que varían según la gravedad y el contexto empresarial. Se introducen atenuantes y agravantes específicos para delitos económicos, considerando la posición jerárquica, el abuso de autoridad y la cooperación eficaz.

Consecuencias y penas

Para personas naturales, se eliminó la libertad vigilada y se introdujeron penas privativas de libertad sustitutivas, como la reclusión diurna y de fin de semana. La novedad radica en las penas de días multa, vinculadas a ingresos y ajustadas por el juez. Se establece el comiso de ganancias como medida para reparar el enriquecimiento ilícito.

Personas jurídicas

Las penas para personas jurídicas, además de las existentes, incluyen la supervisión por un tercero, el “Supervisor”, para mejorar los Modelos de Prevención de Delitos. La aplicación de penas de días multa también se extiende a estas entidades, considerando criterios como el giro y tamaño de la empresa.

Modificaciones y nuevas figuras

La Ley modifica y añade delitos, destacando la inclusión de conductas contra el medio ambiente. Se enfatiza la responsabilidad individual de los miembros de la empresa, incentivando la internalización de los Modelos de Prevención.

Cambios en el compliance

Hay un cambio de paradigma en el compliance, pasando de una cultura formalista a una de prevención. La efectiva implementación de Modelos de Prevención exime de responsabilidad a las personas jurídicas, bajo ciertos requisitos. Se amplía el ámbito de aplicación de la Ley y se introducen criterios de imputación actualizados.

Status quo e implementación de la norma

La Ley entró en vigencia el 17 de agosto de 2023, aplicándose a hechos desde esa fecha, con excepciones para ciertos delitos y modificaciones. Las empresas tienen un plazo de aproximadamente un año para ajustar sus Modelos de Prevención de Delitos a las nuevas disposiciones, marcando un período de transición y adaptación al nuevo marco legal.


Deje un comentario