Ley N° 21.100, o el fin de las bolsas plásticas.

La ley n° 21.100, conocida simplemente como aquella que pone fin a las bolsas plásticas, ha sido una de las más audaces reglamentaciones que ha sacado a la luz nuestro parlamento durante este siglo. En virtud de la misma, desde el día 3 de febrero de 2019, habiéndose cumplido 6 meses desde su publicación en el Diario Oficial, Chile pasó a ser el primer país en Latinoamérica en eliminar, parcialmente por ahora, la entrega de este tipo de productos. Seguramente, los mayores beneficiados serán los miembros de las nuevas y futuras generaciones de nuestro país, quienes formarán parte una nación más consciente y proclive a la protección del medio ambiente.

Objetivo de la ley

La ley establece en su artículo 1° que su finalidad es proteger el medio ambiente mediante la prohibición de entrega de bolsas plásticas de comercio.

Para ello, prohíbe a los establecimientos de comercio (retail o comercio mayorista) la entrega, a cualquier título, de bolsas plásticas de comercio. Se excluyen de esta prohibición las bolsas que constituyan el envase primario de alimentos, el que sea necesario por razones higiénicas, y aquellos en que su uso ayude a prevenir el desperdicio de alimentos.

Es necesario, sin embargo, matizar el alcance de esta prohibición, ya que respecto de las microempresas, pequeñas empresas y medianas empresas, según están definidas en el art. 2° de la ley N° 20.416, las disposiciones de la ley en comento entrarán en vigencia en el plazo de dos años contado desde su publicación (la que se produjo el día 3 de agosto de 2018).

Fiscalización

Esta función va corresponder a las municipalidades, que deberán velar por el cumplimiento de las obligaciones previstas en la ley.

Multa

En caso de que se infrinja la prohibición consagrada en la ley, el responsable será sancionado con multa a beneficio municipal de hasta cinco UTM por cada bolsa plástica de comercio entregada. La determinación del monto al que ascenderá a esta multa estará a cargo del juzgado de policía local competente, esto es, aquel correspondiente al domicilio del establecimiento infractor. El procedimiento para la fijación es el que resulta generalmente aplicable a las cuestiones ventiladas ante este tipo de juzgados.

En esta labor, el juez no es completamente libre. En efecto, la ley entrega los siguientes criterios para la determinación de la multa:

a) El número de bolsas plásticas de comercio entregadas;

b) La conducta anterior del infractor; y

c) La capacidad económica del infractor.

Educación ambiental

Sin duda, uno de los aspectos positivos más sobresalientes de esta normativa es el mandato que dirige al Ministerio de Medio Ambiente, que deberá promover e implementar programas de educación ambiental para la ciudadanía sobre el uso de bolsas plásticas de comercio que se encuentren en circulación y su impacto en el ecosistema, incluyendo su reutilización y reciclaje


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